Es más que palpable la importancia que despliegan los medios de comunicación en la cobertura jurídica, pero dentro de estos medios destaca la llamada “caja tonta”.
Con el crecimiento y el desarrollo masivo de las nuevas tecnologías, la televisión ha visto incrementada su importancia de cara a la cobertura informativa y por lo tanto, a la cobertura y a la divulgación de información referente a contenido jurídico. Dicha capacidad de divulgación, que proporciona la televisión, presenta varios problemas y varias ventajas a su vez, como si de un arma de doble filo se tratase. Como bien sabemos la televisión es un arma con un gran poder, capaz de modificar las ideas y los pensamientos de la sociedad, controlando lo que piensa la multitud a través de las noticias expuestas.
Empezando por las desventajas que ocasiona este fenómeno televisivo, hemos de criticar el excesivo mediatismo que en el ámbito jurídico encontramos. Centrándonos en el ámbito penal y poniendo de ejemplo un juicio de homicidio, vemos como la televisión hace eco del morbo y de tertulias de supuestos expertos que opinan y dictan incluso una sentencia de culpabilidad o inocencia del acusado en cuestión. Se quita, por lo tanto, la condición de presunción de la cual dispone cualquier persona por el mero hecho de ser juzgado. A su vez, esta información emitida y esta tergiversación o exageración en multitud de los casos, llega a letrados o a personas directamente relacionadas con el caso, que sin tener intencionalidad, ven modificada su visión del procedimiento. Este fenómeno o esta influencia, puede tener grandes repercusiones en las resoluciones de los juicios, que en su inmensa mayoría son juicios con un jurado popular. Y como cualquier persona del siglo XXI, esta “bomba” de información a la cual nos somete la televisión, nos hace tomar una postura u otra muy determinada. A día de hoy, se hace muy complicado obviar lo dicho por la televisión, degenerando incluso en aprendizaje de lo expuesto sin permitirse el cuestionar lo asimilado. Así, por ejemplo, en el caso de José Bretón la televisión lo tachaba de culpable con mucha anterioridad a la conclusión del juicio (Juicio con jurado popular, por cierto), y en multitud de ocasiones lo hacían por la mera impresión personal que este individuo proporcionaba. Así, si su mirada, su voz, su expresión corporal o su forma de comportarse eran extrañas, televisión explotaba en críticas y en afirmaciones de culpabilidad sin ni siquiera tener pruebas de base jurídica que lo afirmasen, simplemente por la impresión o la imagen que este señor proporcionaba. Por lo tanto esta influencia por parte de la “caja tonta” puede hacer variar la consagración de los juicios, que pueden irrumpir en injusticias o resoluciones poco esclarecidas que inducen a error. ¿Acaso no puede haber un individuo que por su imagen no sea agradable, pero que sea inocente?, quizás José Bretón era culpable, pero pueden haber casos similares en los que el acusado no lo sea. Entramos por lo tanto en un conflicto moral y en un conflicto de jurisdicción, a su vez que entran los intereses en ventas (audiencia) que el morbo de estos casos provoca. Pero estamos hablando de justicia y la justicia no debe verse afectada por la impresión visual o personal, así como un buen libro no ha de juzgarse por su portada.
Pero no todos los ámbitos son grises o negros en la comunicación audiovisual que la televisión proporciona, debemos agradecer la información y la retrasmisión que nos da. Así, los ciudadanos tienen la posibilidad de estar informados al respecto de lo que acontece en un juicio del ámbito que sea, pero repetimos que ha de ser controlado y ha de poder controlarse la línea que separa la frontera entre lo permitido y puramente periodístico, y el morbo junto a la prensa amarilla que distorsiona la realidad.
Rodrigo Angeleri