El Cuento de la Criada

La Corte Suprema de los Estados Unidos de América deroga la ley que protegía el derecho al aborto, pero ¿sabías que existe un país muy cercano a nosotros donde aún se pena el aborto en cualquier situación?

El Caso Roe contra Wade en los Estados Unidos de América de 1973 supuso un cambio drástico en los derechos constitucionales que culminaban la cúspide de su legislación. Gracias a aquel fallo de la Corte Suprema de los Estados Unidos, se alcanzó el derecho al aborto cuya explicación subyacía en la cláusula al debido proceso de la Decimocuarta Enmienda. Casi 50 años después la misma Corte Suprema, esta vez, de mayoría conservadora de acuerdo con los nombramientos de Trump, revocaría esta sentencia y anularía la voluntad de las mujeres que no tienen recursos para ejercer tal derecho.

Sin embargo, aquello que nos parece lejano, casi distópico, está más cerca que nunca de nosotros, aunque, si observamos con detalle, podemos darnos cuenta de que lleva estándolo desde hace mucho tiempo. Nos referimos a nuestro país vecino: Andorra.

Andorra es un pequeño país de aproximadamente 77.000 habitantes situado entre Francia y España con una gran influencia del Vaticano. Existe monarquía parlamentaria pero su estructura basada en la existencia de dos copríncipes (presidente de la República francesa y obispo de la Seu D’Urgell) ha implicado que muchas de las cuestiones más polémicas del Derecho queden doblegadas no al interés público, sino al católico, pues ya se estableció que, en el caso de la despenalización del aborto, Andorra perdería toda protección proveniente del Vaticano. La interrupción del embarazo en este Estado está íntegramente prohibida y penada, incluso en las situaciones más extremas de peligro para la gestante o en los casos de violación. Y es por ello que sólo aquellas mujeres cuyo nivel adquisitivo se lo permite, se arriesgan a cruzar la frontera para poder tomar una decisión sobre su propio cuerpo. Pero esa acción solo puede ser perpetrada por las más dichosas -si es que cabe emplear este término en una situación tan dura como esta-, pues la mayoría de las mujeres carecen de recursos para hacer frente a tales costes, dejando entrever una vez más, la desigualdad del sistema y la imposición de leyes restrictivas a los más pobres.

En cambio, en España, la interrupción al embarazo está permitida hasta la semana 14 del embarazo y hasta la 22 cuando exista un peligro grave para la vida de la madre o del feto. Situaciones que son impensables para Andorra. Esta ley ha pasado por cinco grandes momentos acontecidos en los años 1936, 1985, 2010, 2015 y 2022.

En 1936, durante la Segunda República se despenalizó el aborto, no obstante, su vigencia fue muy corta pues fue derogada por el bando franquista.

En 1985 se despenalizó en tres supuestos: riesgo grave para la salud mental o física de la madre, que supondría el supuesto terapéutico; en caso de violación (supuesto criminológico); y en situaciones de malformaciones o problemas físicos o psíquicos del feto, que compondrían el supuesto eugenésico. En el supuesto terapéutico, la gestante podría interrumpir el embarazo en cualquier momento; en el supuesto criminológico hasta las 12 semanas; y en el supuesto eugenésico hasta las 22 semanas.

En el año 2010, se aprobó la actual Ley Orgánica de salud sexual y reproductiva y de la interrupción voluntaria del embarazo, que ofrecía la posibilidad de ejercitar el derecho al aborto no sólo en los supuestos mencionados anteriormente sino en cualquiera, siempre y cuando tuviese lugar antes de la semana 14 (incluida esta última). Para poder ejercerlo se precisaban de los siguientes requisitos: que la práctica fuese realizada por un especialista, que existiera consentimiento de la gestante, que se llevase a cabo en un centro acreditado, y, por último, era necesario que en el caso de que la mujer tuviese 16 o 17 años, uno de sus progenitores estuviera en conocimiento de tal información pero no era relevante su consentimiento. Este último requisito quedaba eliminado si tal acción ocasionaba un gran prejuicio a la madre o un conflicto grave.

En 2015, fue este último polémico supuesto el que quedó derogado, a pesar de la insistencia del Partido Popular para volver a la legislación restrictiva de 1985.

Y, por último, este año, se ha aprobado un proyecto de ley que busca recuperar el aborto sin consentimiento en las edades de 16 y 17, incluir los centros públicos como centros acreditados, eliminar la obligación de recibir información y el “plazo de reflexión” y reconocer el derecho a la salud menstrual.

Las discrepancias entre los diferentes Estados son innegables y la ausencia de humanidad en la toma de decisiones de los gobernantes, también. En 2008 Ramsey Clark recibió el Premio de Derechos Humanos de las Naciones Unidas, y hoy recordamos una de sus célebres frases: «Un derecho no es algo que alguien te da; sino algo que nadie te puede quitar».

El derecho a la interrupción del embarazo no es una imposición de abortar, pero su penalización sí es una imposición para no hacerlo. La única prohibición la dicta el que reniega de los derechos y los estigmatiza hasta convertirlos en falsos escenarios de destrucción. Si tanto defendemos la vida, ¿por qué estaríamos dispuestos a hacer que un niño creciese en el seno de una familia que nunca quiso que naciese? ¿Por qué nos creemos con la potestad de castigar, en primer lugar, a la madre, y después, a su progenitor? ¿Por qué nos creemos con el derecho de quitar el del resto? ¿Por qué tenemos que estigmatizar a las mujeres que pasan por un aborto, sin tan siquiera escuchar su historia? ¿Por qué permitimos que siga existiendo una desigualdad económica hasta en el ámbito reproductivo, en el que las mujeres con recursos sí podrán ejercitar ese derecho? ¿Por qué?

Yo ya tengo una respuesta para todas esas preguntas, ¿cuál es la tuya?

7 de julio de 2022: “Misisipi se convierte en el séptimo estado en prohibir el aborto en EEUU”

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